lunes, 24 de noviembre de 2008

El sueldo de Alcaldes y Concejales, a ver si acabamos con los complejos

Como ya comente hace tiempo siempre me ha parecido un poco hipocrita y mal resuelto el tema de los sueldos de los políticos.
Aqui todos se acuerdan de congelar el sueldo de los concejales, de escandalizarse sobre las cuantias por que lo que destaca son los abusos.
Por ello he propuesto una enmienda a los estatutos, añadiendo un supuesto que no estaba previsto. Estoy seguro que la redacción o técnica jurídica son mejorables por lo que espero sugerencias y poderlo llevar así al congreso del próximo sábado
Art. 76, de Adición
3. En el Pleno de organización del Ayuntamiento se fijaran las retribuciones del
Alcalde y concejales de gobierno en base a los siguientes criterios
a) El sueldo del Alcalde será la mayor de las siguientes cantidades, o bien el
sueldo que viniera percibiendo del puesto de trabajo que desempeñara con
anterioridad a su elección como alcalde o bien un euro más que el sueldo del
empleado municipal con mayor retribución en el respectivo ayuntamiento.
b) El sueldo de los concejales de gobierno se fijara en base a la mayor de la
siguientes cantidades, o bien el sueldo que viniera percibiendo del puesto de
trabajo que desempeñara con anterioridad a su elección como alcalde o bien un euro
más que el sueldo del empleado municipal con mayor retribución bajo su dependencia.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Estoy totalmente de acuerdo.

Anónimo dijo...

Un beso muy fuerte para ti y me alegro mucho de leerte. Todos esperamso que tu marido y tu esteis mejor

José Miguel dijo...

Me parece un tema interesante y a la vez escabroso el que planteas. Para conocer el salario justo de un concejal tenemos que emplear varias ecuaciones, y al igual que ocurre en el álgebra cuando se plantea un sistema de ecuaciones puede ser compatible determinado (solución única), compatible indeterminado (infinita soluciones) o incompatible (no tiene solución). En el caso que planteas tenemos las siguientes ecuaciones:
1) El sueldo será igual al que viniera percibiendo anteriormente.
2) El sueldo será igual al del empleado municipal con mayor retribución bajo su dependencia más un euro.
Este planteamiento, en mi opinión, genera dos injusticias:
a) ¿Por qué en el caso 1 un concejal no ve compensado económicamente su servicio y en el caso 2 se vería mejorado su salario?
b) Se origina un agravio comparativo porque dos concejales realizando el mismo trabajo podrían tener sueldos distintos dependiendo del salario que tenía anteriormente.
Por otro lado, si el sueldo de los concejales es el mismo para todos pudiera ocurrir que a determinados profesionales no les fuera interesante ser concejal por la pérdida económica que le supondría.
Por lo tanto, se trata de un sistema incompatible y el salario justo de un concejal no existe.

Anónimo dijo...

Bueno Jose Miguel, y ante eso ¿no hacemos nada?
Podiamos emplear el criterio del mal menor

José Miguel dijo...

Efectivamente, partiendo del principio que no existe en este caso un salario que satisfaga todos los casos, tendremos que aplicar el principio del mal menor. Pero el problema que surge es discernir entre las distintas opciones cual es la menos mala. Estoy plenamente de acuerdo contigo en hacerlo sin complejos y sin hipocresía porque el ejercicio de la política es digno y como tal deber ser retribuido.